“Es un fallo extraño, arbitrario e incompletoâ€
“El fallo, además de extraño, es incompleto, porque no analiza Ãntegramente el texto del artÃculo 175".
Ante el fallo del Tribunal Electoral de Viedma, que opinó sobre la candidatura de Alberto Weretilneck a la gobernación, el presidente del bloque de Juntos Somos RÃo Negro, Alejandro Palmieri, aseguró que “al fallo lo veo extrañamente más polÃtico que técnico, arbitrario e incompletoâ€, y basó estas afirmaciones en que “no se analizó objetivamente la letra del artÃculo 175 de la Constituciónâ€. En ese sentido, remarcó que al concepto “sucederse recÃprocamenteâ€, que es uno de los pocos limitantes señalados en la Constitución, “el tribunal parece haberlo pasado por altoâ€.
Palmieri consideró que “los fallos son opinables, sobre todo aquellos que afectan la vida institucional de una provinciaâ€, aunque aclaró que “nosotros no somos partÃcipes de andar amenazando jueces, ni festejando cuando los fallos son positivos, ni denunciando tramas oscuras cuando nos son negativosâ€.
Al explicar por qué motivo a su criterio el fallo es “más polÃtico que técnicoâ€, sostuvo que “el artÃculo 175 que habla sobre le reelección es muy cortito y claro; y su primera interpretación deberÃa ceñirse a la letra expresa de la norma. Plantea solo 2 limitaciones: ser reelecto 1 sola vez, o sea volver a ser elegido para un mismo cargo (que con Weretilneck como gobernador todavÃa no ocurrió), o sucederse recÃprocamente gobernador y vice (cuestión que claramente tampoco ha ocurrido)â€.
“Sin ser abogado, basta solo recurrir a la definición del diccionario del término reciproco, que habla de una “correspondencia mutua y bilateral de una persona con otra†para darnos cuenta fácilmente que entre Carlos Soria y Alberto Weretilneck esto no ocurrió. No hubo (y lamentablemente no pudo haber) una sucesión reciproca entre Soria y Weretilneck en los cargos de Gobernador y Vicegobernador, y viceversaâ€, precisó.
Por eso, además, el presidente de la bancada del oficialismo en la Legislatura, consideró que “el fallo, además de extraño, es incompleto, porque no analiza Ãntegramente el texto del artÃculo 175, porque si el constituyente hubiera querido prohibir lo que el tribunal interpreta, tenÃa mil palabras para hacerlo. PodrÃa haber dicho: está prohibida la alternancia indistintamente en cualquiera de los cargos, etcétera, etcéteraâ€. Y abundó: “el constituyente tenia mil maneras de decir lo que no dijo, y lo que dijo es claro: habla expresamente de sucesión recÃproca y eso en Rio Negro claramente no ha ocurrido. Ninguna de las limitantes del artÃculo 175 de la Constitución afectan la candidatura de Weretilneckâ€. De todas maneras, manifestó que “somos optimistas respecto de la interpretación que hará el superior tribunal porque nuestros argumentos son contundentesâ€.

Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario