La concejala Vanessa Cacho Devincenzi destacó el respaldo del cuerpo legislativo a su proyecto de ordenanza por el cual en todos los edificios públicos municipales se debe difundir y publicitar con cartelería toda la información referida a la norma vigente de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. 
Se trata de la Ley N° 26.842, modificatoria de la N° 26.364, cuya implementación, sobre todo con la habilitación de la línea telefónica 145 que permite hacer las denuncias y  dar socorro a las víctimas, ha sido muy eficaz para que los casos de trata de personas y delitos conexos ingresen al sistema de justicia.  Recordó que el próximo 30 de julio precisamente se conmemora el Día Mundial contra la Trata de Personas, establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2013.
La concejala informó que a traves del proyecto se invita también a instituciones educativas, organismos provinciales y nacionales, a los Servicios de Transporte Público de Pasajeros, locales comerciales con atención al público,  colectivos de géneros y organizaciones sociales, a replicar cartelería de este tipo en sus espacios.
Vanessa Cacho Devincenzi en su momento se reunió con Fernanda Calfín,  delegada en Río Negro del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Victimas, que depende de Jefatura de Gabinete nacional, acordando precisamente canalizar esta temática en el ámbito legislativo. También impulsó un beneplácito al Plan Nacional para la Lucha contra la Trata y la Explotación de Personas, que tuvo el aval de todo el Concejo Deliberante.
Hay que recordar que la Línea 145 que surge de la ley nacional y su modificatoria es de atención telefónica gratuita para recibir información, solicitar asistencia y denunciar ante casos de trata de personas. Atendida por profesionales capacitados en la problemática, funciona las 24 horas durante todos los días del año bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. 
De acuerdo a la ley N° 26.842, que modifica la Ley N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, bajo cualquier modalidad, sea trabajos o servicios forzados, comercializar prostitución ajena, pornografía infantil o la extracción forzosa o ilegítima de órganos.
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