Viedma: absuelven a dirigente acusado de usurpar para construir un merendero
Un dirigente que fue acusado en Viedma de usurpar un lote en el que se levantó un merendero fue absuelto hoy por un tribunal unipersonal.
Un dirigente que fue acusado en Viedma de usurpar un lote en el que se levantó un merendero fue absuelto hoy por un tribunal unipersonal. Se trata del dirigente mapuche y secretario general de la CTA Autónoma, Hugo Aranea.
El juez Guillermo Buatamante sostuvo en la sentencia que se encontraba con “un panorama de información insuficiente respecto del hecho que fuera imputado al Señor Aranea, el cual, según surgió de lo relatos de los testigos tiene más que ver con una situación concreta de trabajo social desplegado por el acusado y otros de sus compañeros en el marco de su función de referente de la CTA local que con la actividad de un usurpador como pretendió la acusaciónâ€.
En ese escenario, escribió el magistrado en la sentencia absolutoria que no se logró derribar el estado de inocencia previsto en el artÃculo 18 de la Constitución Nacional por lo que correspondÃa dictar la absolución de Aranea.
En el lugar funciona actualmente el “Merendero Nueva Vidaâ€. Aranea, según la acusación fiscal “invadió parte del predio de forma clandestina -esto es subrepticiamente y ante la ausencia de sus propietarios-, para luego delimitarlo y efectuar una construcción de material colindante al merendero denominado ´Merendero Nueva Vida´. De esa forma despojó a sus legÃtimos dueños A.G.R y la firma Teushen S.Aâ€.
El magistrado que condujo el debate consideró que no se habÃa probado la teorÃa del caso ya que ninguno de los testigos corroboró la invasión, la delimitación ni la construcción por parte del imputado Hugo Aranea.
Concluyó el juez penal que “después de oÃr a los distintos testigos que trajeron tanto la fiscalÃa como la defensa, estoy en condiciones de afirmar sin lugar a dudas que ninguno de ellos señaló absolutamente nada respecto de las tres acciones descriptas que habrÃan compuesto la acción concreta de despojo reprochada, esto es: invadir, delimitar y construirâ€.
Afirmó Bustamante que le resultaba “imposible asegurar en esta sentencia, con el grado de convicción que se requiere, que el acusado estuviera, como afirmó la Fiscal, construyendo, y esto es asà porque esa actividad supone algo más que alcanzar uno o dos baldes con mezcla a quienes sà construÃan, a quienes si colocaban ladrillos (...) distinto serÃa si hubieran visto al Señor Aranea durante varios dÃas hacerlo, o al menos ejerciendo una actividad más especÃfica que la de los baldesâ€.
Con respecto a la clandestinidad de la acusación en los fundamentos el juez dijo “no parece clandestina la actividad de Aranea, por el contrario la clandestinidad supone ocultamiento, furtividad, o actos en ausencia del poseedor o tenedor, o al menos actos ejercidos tomando recaudos para sustraerlos del conocimiento de quien tenga derecho a oponerse a los mismos y que a su vez favorezcan la ocupación, nada de eso ocurrióâ€.

Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario