En Viedma se podrán realizar la mayorÃa de las actividades económicas y recreativas
El gobierno de Viedma dispuso la apertura de la gran mayorÃa de las actividades económicas y recreativas.
En orden a lo anunciado por el presidente Alberto Fernández, y publicado hoy en el BoletÃn Oficial a través del DNU 520/2020, el gobierno de Viedma dispuso la apertura de la gran mayorÃa de las actividades económicas y recreativas.
El jefe de gabinete del gobierno municipal, Marcos Castro, indicó que “el decreto es absolutamente claro, Viedma está considerada como una ciudad encuadrada dentro de los parámetros del ‘Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio’, eso no es discutibleâ€, y agregó que “los viedmenses debemos tomarlo como un gran logro colectivo y también como una gran responsabilidad compartidaâ€.
Desde el municipio se readecuó el ordenamiento de los criterios de apertura, en consonancia con los criterios nacionales, que prevén dos grandes grupos con regulaciones particulares: por una parte las “actividades económicasâ€, y por otro las actividades “deportivas, artÃsticas y socialesâ€.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
En tal sentido, sólo se podrán realizar actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios con protocolos aprobados por la provincia, restringiendo el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de su capacidad.
El decreto nacional faculta a la provincia a dictar normas que regulen dÃas y horarios para las actividades económicas. En consecuencia, el intendente Pedro Pesatti firmó un decreto para que a partir de mañana -y en lÃnea con lo dispuesto por la provincia-, las actividades que en la etapa anterior se consideraban esenciales puedan abrir en un rango horario mayor, entre las 8 y las 20 y las que eran consideradas no esenciales continúen en el rango de 9 a 19. No obstante, para el rubro gastronómico en particular se dispondrá el rango horario de 9 a 23 horas.
Los domingos, ahora, están habilitados para el ejercicio de actividades económicas, considerando además las particularidades de cada rubro y su dinámica, pero siempre dentro de las reglamentaciones generales.
Además se informó que “ninguna de estas disposiciones altera las regulaciones laborales entre trabajadores y patronal, ya que sólo son rangos horarios habilitados y referenciales para cada actividadesâ€.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS, ARTÃSTICAS Y SOCIALES:
Solo podrán realizarse actividades deportivas, artÃsticas y sociales, en tanto se dé cumplimiento a las reglas de conducta previstas en términos generales y siempre que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas. En lugares cerrados se limita la densidad de ocupación a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable. Además, rigen prohibiciones expresas para deportes que no permita mantener el distanciamiento mÃnimo de 2 metros entre los participantes.
La autoridad provincial dictará y/o aprobará los protocolos pertinentes para la realización de estas actividades atendiendo a los requisitos mÃnimos establecidos.
ACTIVIDADES PROHIBIDAS:
Se prohÃben la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra Ãndole con concurrencia mayor a 10 personas. En el mismo sentido se prohÃbe la práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mÃnimo de 2 metros entre los participantes.
Continúa inhabilitada también la actividad para cines, teatros, clubes y centros culturales.
Tampoco funcionará el servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.
Por último la actividad turÃstica aún no será habilitadas.
REGLAS DE CONDUCTA GENERALES
El decreto presidencial, establece reglas de conducta general a sostener dentro de la vigencia del “distanciamiento social, preventivo y obligatorioâ€, que regulan los parámetros generales a tener en cuenta en el accionar de las vecinas y vecinos.
Se establece que las personas -en todos los casos- deberán mantener entre ellas una distancia mÃnima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provincial y nacional.

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