Otra sentencia favorable por la salud del lago Nahuel Huapi
La Cámara rechazó el recurso de apelación presentado por la Provincia de Rio Negro y Parques Nacionales, confirmando asà la sentencia del 2019 que impuso plazo de un año para la realización de las ob
En los últimos dÃas se ha notificado la resolución emitida por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca relacionada con el amparo ambiental presentado por la DefensorÃa del Pueblo de Rio Negro, por la exsenadora Magdalena Odarda y la militante ambientalista Ana Wieman (Exptes. FGR 41018167/2011; 10219/2017; y FGR 40664/2018) por la contaminación del lago Nahuel Huapi debido a vertidos de efluentes cloacales sin tratamiento en sus aguas, confirmando de esta manera la Sentencia de primera instancia.
Hay que recordar que en 2017 las presentaciones de amparo se sumaron a la realizada por la DefensorÃa del Pueblo, y fueron acompañadas por 6000 firmas de ciudadanos barilochenses, un acontecimiento histórico por su masividad que finalmente tuvo una sentencia favorable en el año 2019 tras una larga espera de respuesta por parte de la justicia desde que se hicieran los primeros reclamos en 2011. Años antes y luego de las denuncias, vecinos y organizaciones de la ciudad lacustre se movilizaron y multiplicaron los reclamos que tuvieron repercusión nacional y escandalizaron al paÃs. Se supo acerca de los constantes vertidos de efluentes crudos debido al colapso y, en algunos casos, al mantenimiento de una planta de tratamientos insuficiente.
En esta oportunidad, con fecha 30 de marzo de 2021, la Cámara rechazó el recurso de apelación presentado por la Provincia de Rio Negro y Parques Nacionales, confirmando asà la sentencia del 2019 que impuso plazo de un año para la realización de las obras.
En el 2019 la justicia Federal condenó a la provincia de RÃo Negro y al Departamento Provincial de Aguas (DPA) a procurar la finalización y puesta en funcionamiento del “Segundo Módulo de la Planta Depuradora†y de las denominadas “Obras Complementarias†faltantes -tendientes a afrontar la transición hasta la culminación del segundo módulo y del nuevo colector costanero-, “dentro del plazo de un año computable desde el momento en que la presente sentencia adquiera firmeza y ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de imponerles astreintes (multas diarias) proporcionales al costo de las referenciadas obrasâ€.
Por su parte, condenó también al DPA a efectuar un relevamiento de las conexiones domiciliarias a la red cloacal existentes en la zona correspondiente al Barrio Melipal de Bariloche, tendiente a verificar el estado de las mismas y la existencia de conexiones indebidas a la red. Por último, el Juzgado también condenó a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche a la realización de medidas pertinentes y útiles para resguardar el estado de las conexiones cloacales en el ámbito de lo que resulte competente. El colector costanero se estarÃa reemplazando, pero aún no se habrÃan finalizado las obras, como tampoco el reemplazo del colector oeste. En el caso del segundo módulo de la planta depuradora, se inauguró en diciembre pasado.

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