Paridad de género: Debe actualizarse la ley electoral de RÃo Negro/Por Mario Sabbatella
Si la banca queda libre, debe ser ocupada por el mismo género que fuera ocupada antes.
La Provincia de RÃo Negro fue pionera en la paridad de género, obligando a presentar listas 50/50 para los cargos legislativos. Sin embargo la Ley O Nro 2431 contempla esta paridad solo para “candidatos, candidatasâ€, y no hace mención a mantener esa paridad en caso de que una banca quede libre ya sea por fallecimiento, renuncia, incapacidad o cesantÃa por el motivo que fuere, luego de la elección y/o durante el ejercicio del cargo, situación ante la cual asume el próximo en la lista, sea femenino o masculino. En ese momento, se podrÃa romper dicha paridad.
Desde el Bloque de Fuerza Nacional y Popular, presentamos un proyecto de ley para contemplar una actualización en nuestra ley provincial, ante la noticia de que fue aprobada a nivel nacional la ley de paridad de género tanto para el momento de las candidaturas como luego de la elección y/o en ejercicio del cargo, es decir que si la banca queda libre, debe ser ocupada por el mismo género que fuera ocupada antes.
Es momento de avanzar. O más que avanzar, lo correcto serÃa decir “que estén nuestras leyes acorde a los tiempos que vivimos y a la maduración de conceptos de igualdad, inclusión y democracia.†Es por esto que en el proyecto de ley presentado, proponemos actualizar la redacción del inciso d) del artÃculo 148 de la Ley O Nº 2431, de la siguiente manera:
“d) Cuando una mujer o un varón incluidos como candidatos en una lista oficializada fallecieran, renunciaran, se incapacitaran o cesaran en el cargo por cualquier circunstancia antes, durante o con posterioridad a la realización de los comicios - durante el ejercicio del cargo - serán reemplazados por los candidatos del mismo género que le sigan en la lista respectivaâ€.

Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario