La Provincia de Río Negro fue pionera en la paridad de género, obligando a presentar listas 50/50  para los cargos legislativos. Sin embargo la Ley O Nro 2431 contempla esta paridad solo para “candidatos, candidatas”, y no hace mención a mantener esa paridad en caso de que una banca quede libre ya sea por fallecimiento, renuncia, incapacidad o cesantía por el motivo que fuere, luego de la elección y/o durante el ejercicio del cargo, situación ante la cual asume el próximo en la lista, sea femenino o masculino. En ese momento, se podría romper dicha paridad. 

Desde el Bloque de Fuerza Nacional y Popular, presentamos un proyecto de ley para contemplar una actualización en nuestra ley provincial, ante la noticia de que fue aprobada a nivel nacional la ley de paridad de género tanto para el momento de las candidaturas como luego de la elección y/o en ejercicio del cargo, es decir que si la banca queda libre, debe ser ocupada por el mismo género que fuera ocupada antes. 

Es momento de avanzar. O más que avanzar, lo correcto sería decir “que estén nuestras leyes acorde a los tiempos que vivimos y a la maduración de conceptos de igualdad, inclusión y democracia.” Es por esto que en el proyecto de ley presentado, proponemos actualizar la redacción del inciso d) del artículo 148 de la Ley O Nº 2431, de la siguiente manera:

“d) Cuando una mujer o un varón incluidos como candidatos en una lista oficializada fallecieran, renunciaran, se incapacitaran o cesaran en el cargo por cualquier circunstancia antes, durante o con posterioridad a la realización de los comicios - durante el ejercicio del cargo - serán reemplazados por los candidatos del mismo género que le sigan en la lista respectiva”.

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