Sufrieron golpes en procedimiento policial: condena penal para los efectivos y resarcimiento civil para las vÃctimas
Dos personas que fueron lesionadas en un procedimiento policial realizado en la vÃa pública y luego en el interior de una comisarÃa de Bariloche deberán ser indemnizados .
Dos personas que fueron lesionadas en un procedimiento policial realizado en la vÃa pública y luego en el interior de una comisarÃa de Bariloche deberán ser indemnizados por los daños y perjuicios que les causaron. La sentencia, entre otros aspectos, consideró el daño psicológico sufrido por los demandantes desde la fecha del hecho, más las costas del juicio.
Esta etapa civil tuvo una fase previa en lo penal, donde una sentencia dio cuenta de que las vÃctimas sufrieron “violencia institucional en el calabozo de la unidad segunda†de Bariloche. Uno de ellos, en particular, recibió golpes en sus extremidades inferiores y genitales, “convirtiendo sus piernas en un solo hematoma casi sin solución de continuidadâ€.
La condena penal recayó sobre los efectivos. Ahora, esta etapa de resarcimiento civil corresponde al estado provincial.
Los demandantes señalaron en su presentación que en la esquina de 20 de Febrero y Güemes, cerca de donde su auto habÃa quedado varado, fueron interceptados por tres patrulleros. Se bajaron policÃas, les abrieron las puertas y les arrojaron gas pimienta. Uno de ellos, que se identificó, junto a otro efectivo, sacó al conductor del vehÃculo, de los pelos, y le propinó trompadas en la mandÃbula y en la boca.
En la oportunidad los obligaron a decirles las contraseñas de los teléfonos para borrar todo lo que habÃan grabado durante un procedimiento previo, realizado por la municipalidad con presencia policial. Los golpes continuaron hasta la comisarÃa. También en el calabozo.
La sentencia civil mencionó que el fuero penal declaró culpables a dos empleados policiales por vejaciones en actos de servicio y absolvió a un tercero por el beneficio de la duda.
Para el fallo del Juzgado Civil 5, “los hechos descriptos permiten concluir que se trató de un procedimiento totalmente irregular, ilegal y violatorio de los derechos humanos, ya que no se brindó un trato digno ni se respetó la integridad personalâ€.
La indemnización contempla el daño psicológico causado, lucro cesante y daño moral. Con respecto a este último rubro se expresó: “es evidente la existencia del daño moral pues se ha afectado el espÃritu, la tranquilidad y la integridad fÃsica de los actores, quienes no sólo han sufrido las lesiones fÃsicas descriptas por el médico forense sino también otras vejaciones en forma ilegÃtima y totalmente repudiables en un estado de derecho, máxime cuando tales actos provinieron de integrantes de la institución estatal encargada de resguardar la seguridad de los ciudadanos; todo lo cual evidentemente repercutió en la vida social, laboral, familiar y recreativaâ€.

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